¿Cuál es la sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo?
Debemos recalcar que es de obligatorio cumplimiento que las empresas de transporte de mercancías dispongan de tacógrafos y no llevarlos en el vehículo o tener una mala gestión de los mismos pueden suponer sanciones importantes.

Sanciones por conducir sin la tarjeta del tacógrafo
Los diferentes tipos de sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo se recogen en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y se dividen en faltas leves, graves y muy graves.
Faltas leves
La sanción va entre los 200€ hasta los 400€. Puede cometerse una falta leve por diferentes factores:
- Cuando el conductor no ha realizado las anotaciones reglamentarias en el tacógrafo o en la hoja de registro y el aparato deduce que hay un vacío de control teniendo como punto de referencia las últimas anotaciones que se registraron.
- La utilización de una tarjeta caducada.
- Utilizar hojas de registro sin homologar e incompatibles con el tacógrafo.
Faltas graves
La sanción va entre los 401€ hasta los 2.000€. Las actividades que hacen que se cometa una falta grave son:
- La falta no significativa de hojas de registro o datos catalogados por la Administración como no muy graves.
- El conductor no ha llevado a cabo la inspección del tacógrafo en los plazos reglamentariamente establecidos y como resultado, existe un mal funcionamiento de sus elementos u otros sistemas de control que debe llevar instalado el vehículo obligatoriamente. Adicionalmente, se impone esta sanción cuando no sea clasificada como una infracción muy grave por parte de la Administración.
- El conductor no ha realizado las anotaciones reglamentarias que deducen que no ha habido un control desde la última vez que se registraron. Depende de las circunstancias y de que la Administración lo catalogue como falta grave.
- Uso de una hoja de registro durante varias jornadas que provoque una
superposición de datos que impida una correcta lectura. - Uso de más de una hoja de registro durante la misma jornada por parte del mismo conductor, salvo que el conductor cambie de vehículo en el mismo día y la hoja del primer vehículo no se encuentre homologada para su empleo en el segundo vehículo.
Faltas muy graves
La sanción va entre los 2.001€ hasta los 6.000€. Puede cometerse una falta muy grave por:
- Manipulación del tacógrafo o de sus elementos y otros sistemas de control de obligado cumplimiento instalados en el vehículo. Además, la instalación de elementos con el fin de alterar el correcto funcionamiento de los instrumentos de control o sus mediciones.
- Conducir sin el tacógrafo, la tarjeta del tacógrafo o sin alguno de otros elementos de control que deben estar instalados en el vehículo.
- Uso de elementos sin homologar.
- Falsificación de las hojas de registro, de la información del tacógrafo u de otros elementos de control, además del uso de dicha información falsificada para alterar la información o el funcionamiento de los elementos de control instalados en el vehículo.
- Falta de anotaciones de los datos pertinentes sobre la información del conductor y que deduzcan determinar los datos necesarios requeridos por la empresa.
- No llevar la hoja de registro o la tarjeta del tacógrafo correspondiente a dicho conductor o utilizar la de otro compañero.
Casos excepciones en la sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo
En el capítulo V del Reglamento UE 165/2014 se recogen las excepciones que no implicarían una sanción cuando un conductor viaja sin la tarjeta del tacógrafo. Entre ellas encontramos dos:
- Si la tarjeta del conductor ha sido robada o perdida, este puede seguir conduciendo durante un plazo de 15 días naturales, pudiendo solicitar una ampliación del plazo siempre que pueda justificar la necesidad, como que no le sea posible presentar o usar una tarjeta nueva durante el tiempo límite.
- Como hemos mencionado anteriormente, queda prohibido conducir con la tarjeta del tacógrafo caducada. El conductor debe solicitar en la comunidad autónoma correspondiente la renovación 15 días antes de la fecha de vencimiento y la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril lleva el registro de todas las tarjetas de tacógrafo, pero, si se da el caso de que la Administración no ha entregado una nueva en el plazo previsto, el conductor podría seguir conduciendo.
Todas las tarjetas de tacógrafo son fabricadas en Madrid por la FNMT (Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre). El tiempo normal desde que se autoriza la tarjeta (no desde que se solicita) hasta que llegue a su domicilio ronda los 10 días.
¿Quién debe pagar la multa?
Según el artículo 138 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, es la persona física o jurídica de la autorización quien debe asumir la responsabilidad de las infracciones cometidas por incumplir las normas reguladoras de los transportes terrestres y de sus actividades complementarias.
Información y Tecnología del Transporte en Galicia
ITT Galicia
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